Una de las primeras cuestiones que explicamos los abogados para custodia compartida en Sevilla a los clientes que quieren luchar por ella en un juzgado es acerca de los requisitos o factores que va a valorar el juez para aceptarla o denegarla, un asunto que vamos a abordar en las siguientes líneas de esta entrada.
Hay que tener en cuenta que muy por encima de los intereses de los ex miembros del matrimonio están los de los menores. Y eso es algo que sabemos por experiencia en Ache Abogados, para asesorar a nuestros clientes sobre qué posibilidades reales tienen de que el juez otorgue la custodia compartida. Estamos hablando de casos en los que solo uno de los cónyuges la solicita, porque sí se acepta en la mayoría de casos si los cónyuges la piden de mutuo acuerdo, tal y como se recoge en el art. 92.5 del Código Civil, siempre procurando no separar a los hermanos.
Los otros casos son medidas excepcionales y, como tal, el juez solicita un informe del Ministerio Fiscal, puede oír la opinión de los menores que tengan suficiente juicio con más de 12 años y valorar en todos los casos la relación entre los padres entre sí. De esta forma, los abogados para custodia compartida en Sevilla no tendremos ninguna opción de conseguir el objetivo si se está inmerso en un proceso judicial respecto al otro cónyuge o haya indicios de violencia doméstica.
Además, se valora la buena o mala relación de los cónyuges, la edad de los menores y el número de hijos, si manifiestan alguna preferencia, la disponibilidad de los padres, la cercanía de los domicilios (si viven en ciudades separadas no se concede) o el cumplimiento de los deberes, entre otros factores.